Cancelación de la Deportación

Nuestros abogados de inmigración de Kentucky pueden ayudarlo a determinar si cumple con los requisitos necesarios para detener el proceso de deportación.

¿Fue admitido en los Estados Unidos con una visa de trabajo o de turismo? ¿Es usted un residente legal permanente con una tarjeta verde? ¿Se le concedió el estatus de acilado o de refugiado? ¿Está tratando de ser admitido legalmente a los Estados Unidos?

Si es así, el gobierno de Estados Unidos le puede expulsar o negar su admisión a los Estados Unidos si usted ha sido condenado por determinados delitos o ha violado las leyes de inmigración.

Sin embargo, usted puede calificar detención de la deportación en la forma de una “cancelación de expulsión” si cumple con ciertos criterios. En 1996, el Congreso de Estados Unidos aprobó la Ley de Reforma de Inmigración Ilegal y Responsabilidad del Inmigrante (IIRIRA), que establece normas más estrictas para la cancelación de la deportación. Si se enfrentan a la posibilidad ser eliminado (esto es, la deportación) de los Estados Unidos y usted está preocupado acerca de su bienestar y el bienestar de su familia, usted debe hablar con un bufete de inmigración dedicado como Carman Fullerton, PLLC, que puede ayudar a determinar su elegibilidad para la cancelación de la deportación y le ayudará en la presentación de una solicitud de cancelación de la remoción.

¿Eres una residente permanente legal (LPR)?

Incluso si usted es un residente permanente legal, usted todavía puede ser removido de los Estados Unidos, si usted ha violado las leyes de inmigración o fue declarado culpable de un delito. Como un residente permanente legal, usted puede ser elegible para la cancelación de la deportación si:

  1. Usted ha sido un residente permanente legal por más de cinco años;
  2. Usted ha estado continuamente presente en los Estados Unidos durante al menos siete años; y
  3. No ha sido condenado por un delito grave.

Un “delito grave” para propósitos de inmigración incluye el asesinato, la violación, el tráfico de drogas, delitos de armas de fuego, el lavado de dinero (más de $ 10,000), el secuestro, el robo (donde la pena de prisión es de al menos un año), obstrucción de la justicia, y el contrabando. Estos son sólo algunos de los delitos que se consideran delitos agravados a los ojos de inmigración. Incluso si una condena se designa como un delito menor por el Estado, que todavía puede ser considerado un delito grave para propósitos de inmigración. Un abogado de inmigración puede ayudar a determinar si una condena afectará su elegibilidad para la cancelación de la deportación.

Una aplicación para la cancelación de la deportación exitosa le permitirá permanecer en los Estados Unidos como un residente permanente legal. Si usted es un residente permanente legal que se enfrenta a la eliminación (deportaciónó), es importante consultar con un abogado de Inmigración que sea dedicado como los de Carman Fullerton, PLLC.

¿Eres un Residente No Permanente?

Si usted no es un residente permanente legal y está en proceso de deportación, usted puede calificar para la “Cancelación No-LPR de Remoción” si:

  1. Usted ha vivido en los Estados Unidos durante al menos diez años;
  2. Su eliminación causaría “excepcional y extremadamente inusual dificultad” para su familiar inmediato que es un ciudadano estadounidense o LPR pariente(s);
  3. Usted tiene “buen carácter moral”, y
  4. No ha sido condenado por determinados delitos o violado las leyes de Inmigración.

El primer requisito es que usted tenga diez años de “presencia física continua” en los Estados Unidos. Su presencia puede ser documentado a través de su propio testimonio, el testimonio y declaraciones por escrito de las personas que te conocen, la escuela o registros médicos y registros financieros como recibos de alquiler, facturas de tarjetas de crédito, registros de impuestos y recibos de sueldo. Sus diez años comienzan a contar desde el día de su llegada a los Estados Unidos y se detiene el día de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) envoi el aviso de comparecencia.

  • Su presencia física continua también se detiene cuando se le declara culpable de ciertos delitos, salir de los Estados Unidos por más de 90 días durante un viaje, o sus múltiples viajes fuera de los Estados Unidos suman más de 180 días.
  • El segundo requisito, es que su eliminación causaría penurias excepcionales y extremadamente inusuales para su familiar inmediato ciudadano estadounidense o LPR pariente(s), es por lo general el requisito más difícil de cumplir. En primer lugar, su pariente calificado (s)-spouse, hijo o padre-debe ser residentes legales permanentes o ciudadanos estadounidenses.
  • En segundo lugar, la dificultad debe ser excepcional y extremadamente inusual. Su eliminación, sin duda, causará una dificultad financiera y emocional a su pariente calificado(s). Por desgracia, la cancelación de la deportación para un no LPR exige más. Dificultades financieras y emocionales normales generalmente no es suficiente, ya que se considera habitual. Sin embargo, las dificultades médicas o educativas pueden considerarse excepcionales y extremadamente inusuales.

Como se considera la dificultad también depende de si su pariente calificado(s) permanecerá en los Estados Unidos, si usted es removido o si va a acompañarle a su país de origen.

Si su pariente calificado está enfermo, usted es su único medio de apoyo, y planea permanecer en los Estados Unidos a pesar de su eliminación, su eliminación puede causar suficientes penurias. Además, si su familiar dependiente se verá obligado a acompañarle a su país de origen si usted es retirado, donde no tendrán acceso a una atención médica adecuada, su eliminación puede causar suficientes penurias. Su reclamo de dificultades debe ser apoyado por documentación, tales como registros médicos y cartas de los médicos.

Si usted tiene niños que son ciudadanos de Estados Unidos que están en la escuela y que se verán obligados a acompañarle a su país de origen si usted es removido, su eliminación puede causar suficiente penurias. Los factores incluyen si los niños pueden o no pueden hablar el idioma de su país de origen, si pueden o no pueden asistir a la escuela pública allí porque son ciudadanos de Estados Unidos, y si se pueden o no pueden pagar la escuela privada para ellos. Una vez más, su reclamo de dificultades debe ser apoyada por la documentación, como registros escolares, cartas de los maestros, la prueba de que sus hijos no pueden asistir a la escuela pública en su país de origen, y testimonios.

También debe demostrar que tiene “buen carácter moral”. Su buen carácter moral durante los diez años anteriores a su audiencia final antes de que se considera un juez de inmigración. Un juez de inmigración tendrá en cuenta los factores negativos, tales como condenas penales o violaciónes de las leyes de inmigración, en contra de los factores positivos, como los impuestos, la educación, el empleo, la rehabilitación, y la participación en su iglesia y comunidad.

Para demostrar buen carácter moral, necesitará cartas detalladas de apoyo de los empleadores, compañeros de trabajo, vecinos, maestros, líderes religiosos, amigos, etc. Si usted ha sido condenado por un delito, la prueba de la rehabilitación, como la realización del tratamiento para tartar sus problema de alcoholismo, es necesaria. También es muy importante que usted haya pagado sus impuestos sobre la rentas federales.

Otra prueba de buen carácter moral puede incluir premios y certificados educativos, religiosos o de caridad.

Si se le declara culpable de un delito grave, que se clasifican como “inadmisible” y no es elegible para LPR no cancelación de la deportación.

Si se le declara culpable de un “delito que implique depravación moral” (una conducta que es “base inherentemente, vil o depravado”), no se puede calificar de no-LPR cancelación de la deportación a menos que el delito se considera un delito menor.

Un abogado de inmigración como los de Carman Fullerton, PLLC puede determinar si sus antecedentes penales le descalifican para LPR no cancelación de la deportación.

¿Cómo se puede empezar de cancelación de Procedimiento de Revocación?

Si usted es un residente permanente legal o está presente en los Estados Unidos sin estatus, y se ponen en un proceso de deportación debido a que o bien fue acusado de violar las leyes de inmigración o fue declarado culpable de un crimen, usted todavía puede ser capaz de permanecer en los Estados Unidos.

La amenaza de ser eliminado (es decir, la deportación) de los Estados Unidos puede hacer que sea difícil para que usted piense acerca de lo que puede hacer para luchar contra la deportación. Sin embargo, si usted cree que cumple con los requisitos para la cancelación de deportación, debe luchar para permanecer en los Estados Unidos.

Su primer paso debe ser ponerse en contacto con un abogado de Inmigración especializado como los de Carman Fullerton, PLLC, que pueda explicar el proceso de eliminación confuso e identificar el alivio migratorio potencial.

Llame hoy al 859-971-0060 o llene su formulario de contacto en línea para obtener ayuda ahora.